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Concepto 328171 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública Es viable la celebración de contratos de prestación de servicios en una entidad que busque el ejercicio de actividades transitorias o temporales de acuerdo con el manual de funciones específico, o cuando no exista personal que pueda desarrollar la actividad para la cual se requiere contratar el servicio, o cuando el desarrollo de la actividad requiere un grado de especialización que implica la contratación del servicio, o cuando aun existiendo personal en la planta, éste no sea suficiente. Sin embargo, si la entidad requiere en forma permanente de profesionales con conocimientos especializados, deberá procurar la creación de los empleos o cargos públicos correspondientes, para de esta forma contar con una planta de personal propia, respetando de esta forma la vinculación laboral para desempeñar funciones permanentes y propias del objeto de las Empresas Sociales del Estado. |