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Concepto 325371 de 2020 - Departamento Administrativo de la Función Pública El alcalde podrá proveer el empleo sin necesidad de realizar un concurso para el efecto, al estar facultado por la ley para hacerlo. También podrá encargar a un empleado de carrera o de libre nombramiento y remoción como gerente de la Empresa Social del Estado, observando el procedimiento establecido en el artículo 24 de la Ley 909 de 2004, mientras se produce la designación definitiva, para lo cual el empleado encargado deberá cumplir con el perfil y los requisitos para el desempeño del cargo. |