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Ordenar por: Relevancia | Fecha de expedición

Decreto 3243 de 2004 - Nivel Nacional

Cuando la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, o el competente, separe del conocimiento a algún miembro de una Comisión de Regulación por la existencia de causales de impedimento o recusación, se deberá expedir, además del acto que decida el impedimento o la recusación, un acto designando el funcionario ad hoc y fija la forma de estipular los honorarios, plazos y condiciones para la posesión, requisitos y calidades que deberán cumplir el designado, y las condiciones para realizar el pago ya sea a un particular o de los gastos que se ocasionen en desarrollo de la función asignada.