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Concepto 318011 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública El jefe de cada órgano (de los que son una sección en el presupuesto general de la Nación), tiene la capacidad de contratar y comprometer a nombre de la persona jurídica de la cual haga parte, y ordenar el gasto en desarrollo de las apropiaciones incorporadas en la respectiva sección, lo que constituye la autonomía presupuestal a que se refieren la Constitución Política y la ley; de manera que podrá delegar dichas funciones en los funcionarios del nivel directivo, según considere, y serán ejercidas teniendo en cuenta las normas consagradas en el estatuto general de contratación de la administración pública y en las disposiciones legales vigentes. |