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Concepto 316841 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública Cuando la prima de servicios se cancela con base en la asignación básica mensual correspondiente al cargo que desempeñaban los empleados al momento de su causación, sin que aún se hubiese efectuado el aumento salarial anual correspondiente a la respectiva vigencia fiscal, será procedente que la entidad efectúe el correspondiente reajuste de la liquidación de la prima de servicios, con base en el aumento de la asignación básica mensual decretada por la entidad, en forma retroactiva al 1o de enero de la respectiva vigencia fiscal, y realice su reconocimiento y pago a dichos empleados. |