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Concepto 316611 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública La prima de servicios para los trabajadores oficiales a los cuales se refiere, podrá ser acordada entre la ESE Hospital Pbro. Alonso Ma Giraldo y los trabajadores oficiales vinculados a su planta de personal, en el contrato de trabajo o en cualquiera de los instrumento indicados, incluyendo el reglamento interno; con lo cual dichos servidores tendrá derecho a percibir la prima de servicios en los términos acordados, pudiendo convenir en que se les reconozca y pague dicha prima en los términos establecidos en el Decreto 2351 de 2014, y si deciden establecer el mencionado beneficio en el reglamento interno, será procedente su modificación y actualización para el efecto. |