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Concepto 314931 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública El empleado que haya cumplido o cumpla los requisitos para adquirir el derecho a la pensión de jubilación y se encuentre el trámite para el reconocimiento de la resolución de pensión, podrá acogerse a la opción voluntaria de permanecer en el cargo hasta la edad de retiro forzoso (70 años), siempre y cuando informe tal situación al empleador para que se postergue el pago de la respectiva pensión, y no se incluya en la nómina de pensionados, en este caso la entidad deberá respetar la opción voluntaria del empleado. |