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Concepto 303471 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública Para efectuar permutas de empleados públicos, ya sea dentro de la misma entidad o de una institución a otra Interinstitucionales), se deben cumplir las siguientes condiciones: Que se trate de empleos públicos, Que los dos empleos tengan funciones y requisitos similares entre sí, Que la permuta no implique condiciones menos favorables para los empleados; entre ellas, que la remuneración sea igual; así mismo se conservan los derechos de carrera y de antigüedad en el servicio, Ambos cargos deben tener la misma naturaleza, Que las necesidades del servicio lo permitan, Cuando se trate de traslados o permutas entre organismos, la providencia deberá ser autorizada por los jefes de las entidades en donde se produce. |
Concepto 303471 de 2019 - Departamento Administrativo de la Función Pública corresponde a la Contraloría General de la República determinar si existe o no un vacío en las disposiciones que regulan su carrera especial, con el fin de establecer si es procedente o no aplicar el artículo 26 de la Ley 909 de 2004, en relación con la comisión para desempeñar empleos de libre nombramiento y remoción o de período. |