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Concepto 301751 de 2020 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Dentro de la normativa vigente del orden nacional sobre los requisitos para la posesión de una persona nombrada en un cargo público, no existe ninguna que esté vigente que establezca como requisito el pago de un porcentaje del sueldo del empleo; no obstante, en el caso puntual, la Asamblea Departamental del Valle del Cauca, mediante Ordenanza No. 474 de 2017, modificatoria de la Ordenanza 397 de 2014, establece como requisito para la posesión el pago del dos por ciento (2%) del sueldo del empleo en el que toma posesión la persona, siendo este el fundamento jurídico de dicho requisito, el cual es de obligatorio cumplimiento.