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Concepto 301131 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública La persona que fue sancionado por el Consejo Superior de la Judicatura no podrá acceder al cargo en la Rama Judicial, por encontrarse suspendido en el ejercicio de la profesión de abogado, aun cuando el cargo exija tan sólo la terminación y aprobación de las materias de la carrera. Esta inhabilitad deberá ser atendida por el término señalado en el fallo. |