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Concepto 300201 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública Se debe liquidar de manera proporcional la prima de servicios al empleado público que no ha completado un año de labor, teniendo en cuenta los factores salariales para la liquidación de la misma en los empleados del nivel territorial, los cuales son: la asignación mensual que el empleado perciba a 30 de junio del respectivo año, el auxilio de transporte, el subsidio de alimentación (siempre que tenga derecho a percibirlos) y el factor de la bonificación por servicios prestados (en proporción al tiempo laborado si no ha cumplido el año de servicios al momento de su reconocimiento) |