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Concepto 29911 de 2014 - Departamento Administrativo de la Función Pública

La suspensión por orden judicial de un empleado público en el ejercicio de las funciones de un cargo, es una medida de carácter transitorio y no separa al empleado definitivamente del servicio, razón por la cual su situación laboral frente al Estado, en caso de resultar el empleado absuelto de los cargos, tendrá derecho al reconocimiento y pago de los elementos salariales y prestacionales a que tenga derecho, tal cual como si hubiese prestado el servicio