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Concepto 298711 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública

De conformidad con la Ley 4 de 1992 el Gobierno Nacional deberá aumentar la remuneración de los empleados públicos con efectos fiscales a partir del 1 de enero de cada anualidad, con el fin de conservar el poder adquisitivo de los salarios de los trabajadores bajo mandato constitucional. Así, al concluir la negociación colectiva, el aumento salarial al que se llegue por acuerdo tendrá un efecto retroactivo desde el 1 de enero de 2021.