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Concepto 297011 de 2020 - Departamento Administrativo de la Función Pública Al tener funciones diferentes y tener regímenes separados, se tiene que los miembros de la fuerza pública en servicio activo no les están permitido el ingreso al sistema de carrera administrativa del personal civil no uniformado del Sector Defensa. No obstante, la Corte Constitucional en la Sentencia C-753 de 2008, señala que es posible proveer cargos en el Sector Defensa de manera provisional o por encargo con miembros en servicio activo de la Fuerza Pública, cuando esto sea estrictamente necesario, para garantizar la continuidad en la prestación del servicio. |