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Decreto 2962 de 2011 - Nivel Nacional

Reglamenta el artículo 7 del Decreto Nacional 4819 de 2010 sobre el régimen contractual para Fondo de Adaptación, cualquiera sea su índole o cuantía, el cual se regirá por el derecho privado y estarán sujetos a las disposiciones contenidas en los artículos 209 y 267 de la Constitución Política, dando aplicación a los artículos 14 a 18 de la Ley 80 de 1993 y el artículo 13 de la Ley 1150 de 2007. De igual forma establece los principios de la contratación, registro de proyectos y de registro de proveedores, procedimientos de selección, estudios previos, Comités Asesores y preparación de las condiciones para las convocatorias. Por último el Consejo Directivo del Fondo Adaptación podrá autorizar de manera general a la Gerencia del Fondo para la celebración de contratos.

Decreto 2962 de 2010 - Nivel Nacional