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Concepto 295381 de 2020 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Es viable solicitar un traslado voluntario siempre y cuando el movimiento no cause perjuicios al servicio ni afecte la función pública. El interesado en dicho movimiento de personal, podrá presentar su solicitud a la entidad respectiva, quien tiene la posibilidad de analizar y pronunciarse sobre el mismo. No se considera procedente el traslado a un cargo en el cual la asignación salarial sea menor de la devengada actualmente, pues una de las condiciones para realizar el movimiento de personal es que el traslado no implique condiciones menos favorables para el empleado.