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Concepto 295231 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Mediante el Decreto 2351 del 20 de noviembre de 2014 se crea la prima de servicios para los empleados públicos vinculados o que se vinculen a las entidades del sector central y descentralizado de la Rama Ejecutiva del nivel territorial (Alcaldías, Gobernaciones, Establecimientos Públicos, Empresas Sociales del Estado, Empresas Industriales y Comerciales del Estado, entre otras), a las Asambleas Departamentales, Concejos Municipales, Contralorías Territoriales, Personerías Distritales y Municipales y al personal administrativo del Sector de Educación, consagrando que a partir del año 2015, dichos empleados tendrán derecho a la prima de servicios en los mismos términos y condiciones establecidas en el Decreto Ley 1042 de 1978; lo que indica que la misma se reconoce anualmente y es equivalente a quince días de remuneración, que se pagará en los primeros quince días del mes de julio de cada año.