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Concepto 294711 de 2020 - Departamento Administrativo de la Función Pública Las inhabilidades del ex servidor público para contratar se predican respecto de la entidad del Estado a la cual estuvo vinculado como directivo, asesor o ejecutivo. Se considera que dicha restricción no aplicaría para celebrar contratos con otras entidades del Estado en la cuales el servidor no hubiere desempeñado cargos del nivel directivo, asesor o ejecutivo. Como el empleo de secretario de despacho pertenece al nivel directivo, se considera que se encuentra inhabilitado, por 1 año, para suscribir un contrato de prestación de servicios con la misma entidad, independientemente que hubiera ejercido el empleo por encargo. |