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Concepto 294041 de 2020 - Departamento Administrativo de la Función Pública Para dar aplicación a la figura del traslado, debe existir un cargo vacante definitivamente (sin provisión temporal, es decir, que no se encuentre provisto mediante nombramiento provisional), con funciones afines a las que desempeña, de la misma categoría, y para el cual se exijan requisitos mínimos similares; así mismo, debe obedecer a necesidades del servicio o por solicitud del empleado, en este último evento, siempre que el movimiento no cause perjuicios al servicio ni afecte la función pública. |