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Concepto 292691 de 2020 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Cuando a 30 de junio de cada año el empleado no haya trabajado el año completo, tendrá derecho al reconocimiento y pago en forma proporcional de la prima de servicios en los términos que dispone el artículo 58 del Decreto ley 1042 de 1978. Los empleados públicos que ingresaron los meses de febrero, marzo y abril tendrán derecho al reconocimiento y pago en forma proporcional de la prima de servicios como lo dispone el decreto salarial 304 de 2020.