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Concepto 291361 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública La norma dispone que un ex servidor público de la Policia Nacional que percibe su asignación de retiro cuya erogación es provista con fondos del tesoro del Ministerio de Defensa Nacional, es considerada por la Ley como una de las excepciones para poder percibir dos asignaciones del erario, es decir, salario y asignación de retiro; por consiguiente, no se encontrará incurso en alguna inhabilidad o incompatibilidad un ex servidor que goza de asignación de retiro, y se vincule laboralmente con el Estado y perciba las dos asignaciones del tesoro público, ya sea mediante concurso de méritos en empleos de carrera administrativa, a través de la planta temporal, o en nombramiento en provisionalidad, siempre y cuando no sobrepase la edad de retiro forzoso. |