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Concepto 2901 de 2015 - Departamento Administrativo de la Función Pública

La figura del traslado y de la reubicación del empleo, han sido previstas dentro de unas condiciones y requisitos que garantizan que el empleado trasladado o reubicado no sea desmejorado en sus condiciones laborales; por lo tanto, la reubicación del empleo del cual es titular el mismo, es procedente, dentro de los lineamientos y parámetros previstos en la ley.

Decreto 2901 de 2008 - Nivel Nacional

Se modifica el artículo 25 del Decreto 1227 de 2005 en lo referente con la valoración de requisitos adicionales por parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil