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Concepto 289841 de 2020 - Departamento Administrativo de la Función Pública A menos que se haya presentado un error en la asignación básica salarial, en el presente caso, no será procedente disminuir o bajar dicha asignación salarial, siempre y cuando la que se venga reconociendo y pagando corresponde al empleo del cual es titular el empleado, y responda a la asignación básica que estableció el alcalde municipal mediante decreto, con base en el acuerdo del Concejo municipal y dentro de los límites fijados por el Gobierno nacional en el Decreto salarial 1028 de 2019, mediante el cual se fijaron los límites máximos salariales de los Gobernadores, Alcaldes y empleados públicos de las entidades territoriales |