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Concepto 288561 de 2020 - Departamento Administrativo de la Función Pública Los empleados públicos podrán presentar renuncia de manera voluntaria al empleo que desempeñan. Esta renuncia debe manifestarse por escrito y manifestando de forma clara su voluntad de retiro. Por su parte, el nominador a través de acto administrativo aceptará dicha solicitud en un término no superior a 30 días desde su presentación. Este plazo se entiende en días hábiles, tal como está contemplado en el artículo 2.2.11.1.3 del Decreto 1083 de 2015, a menos que de manera expresa se estipule que serán días calendario. |