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Decreto 2876 de 2013 - Nivel Nacional Reglamenta el artículo 850-1 del Estatuto Tributario, asimismo, señala que las personas naturales que adquieran bienes o servicios a la tarifa general y del cinco por ciento (5 por ciento) del impuesto sobre las ventas mediante tarjetas de crédito, débito o a través del servicio de Banca Móvil, tendrán derecho a la devolución de dos (2) puntos del impuesto sobre las ventas pagado. La devolución aquí prevista procederá igualmente cuando la adquisición de bienes o servicios se realice con otro tipo de tarjetas o bonos que sirvan como medios de pago, caso en el cual las empresas administradoras de los mismos deberán estar previamente autorizadas por la UAE ¿ Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, reuniendo las condiciones técnicas que dicha entidad establezca. |
Decreto 2876 de 1984 - Nivel Nacional Establece el trámite de las solicitudes para obtener modificación de precios y determina que la autoridad competente para ejercer la vigilancia y el control, que en el nivel descentralizado estará a cargo de Los Alcaldes Municipales, el Alcalde Mayor del Distrito Especial de Bogotá, Alcaldes Menores del Distrito, dentro de su jurisdicción y los Inspectores de policía. |
Decreto 2876 de 1974 - Nivel Nacional Reglamenta lo relacionado a los subsidios otorgados a los enfermos de Lepra |