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Concepto 287551 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública La jornada máxima legal para los empleados públicos de los niveles nacional y territorial es de 44 horas semanales, en donde, dentro del límite fijado en dicho artículo y teniendo en cuenta las necesidades del servicio, el jefe de la respectiva entidad puede establecer el horario de trabajo y si es el caso, compensar la jornada del sábado con tiempo diario adicional de labor, sin que en ningún caso dicho tiempo compensatorio constituya trabajo suplementario o de horas extras, sin que se haya expedido norma que modifique esa disposición. Por otra parte, la Ley 2101 de 2021 fue concebida para promover la productividad empresarial y dentro de su articulado no fueron previstos los servidores públicos. |