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Concepto 284181 de 2020 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Los concejos municipales y distritales debieron realizar los respectivos concursos para proveer el empleo de personero municipal a finales del año 2019 y comienzos del año 2020. No obstante, en el evento que los concejos municipales hayan tenido inconvenientes en los procesos para proveer el empleo, podrán hacerlo, aún bajo la Emergencia Sanitaria, según lo contemplado en los artículos 2.2.27.1 y 2.2.27.2 y ss del Decreto 1083 de 2015. El encargo del empleo de personero municipal, no se encuentra contemplado en norma alguna. No obstante, la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado asimila el empleo de personero municipal a un empleo de libre nombramiento y remoción, por lo cual, el termino de duración de los encargos es de 3 meses. Es obligación del empleado público ejercer las funciones del cargo para el cual se encomendó.