Filtros de búsqueda
Resultados
Concepto 283231 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública Se tiene que los títulos de educación superior obtenidos en el exterior deben ser convalidados en el territorio colombiano para que puedan tener validez en el país. Para el caso de posesión en un empleo público que exija para su desempeño estudios de pregrado o de postgrado, se podrán acreditar el cumplimiento de estos requisitos con la presentación de los certificados expedidos por la correspondiente institución de educación superior. Sin embrago, dentro de los dos años siguientes a la fecha de posesión, el empleado deberá presentar los títulos debidamente homologados. Si no lo hiciere, se aplicará lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 190 de 1995 y las normas que la modifiquen o sustituyan. |