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Concepto 282421 de 2020 - Departamento Administrativo de la Función Pública Se considera que el Concejo Municipal podrá continuar el encargo de conformidad con lo indicado en la presente comunicación con el mismo empleado o en cualquier otro que determine siempre y cuando cumpla con los requisitos establecidos en la ley. De otra parte, es oportuno resaltar que los concejos municipales podrán efectuar sesiones virtuales de conformidad con el artículo 12 del Decreto 491 de 2020, con el fin de proveer de manera definitiva el citado empleo. |