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Concepto 279791 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública Las vacaciones se liquidan con los factores que perciba el empleado al momento del inicio del disfrute, concluyendo así que el empleado que haya sido encargado, tendrá el reconocimiento y pago de las vacaciones, cuando cumpla el año de servicios, y la prima se liquidará con los factores que perciba en el momento de su disfrute. |