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Concepto 278331 de 2020 - Departamento Administrativo de la Función Pública La prima de servicios se liquidará de manera proporcional al empleado que no haya completado un año de labor y su liquidación se realizará con base en el salario que el empleado perciba a 30 de junio del respectivo año. Por tanto, el empleado que ingresó a la entidad en el mes de febrero de la presente anualidad tiene derecho al reconocimiento y pago de la prima de servicio de manera proporcional. |