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Concepto 277411 de 2020 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El encargo otorgado para suplir la vacancia definitiva de cargo de personero, cesa de manera automática al cumplirse los 3 meses contemplados en la norma. No obstante, considerando que el proceso de selección de personero de ese municipio fue suspendido provisionalmente por orden de autoridad judicial y que los términos judiciales se encuentran suspendidos, se estima pertinente realizar un nuevo encargo en alguno de los empleados de la Personería que acredite los requisitos para el desempeño del mismo, que puede ser un servidor diferente al que ya le ejerció mediante esta figura. El término de los 3 meses iniciará con este nuevo encargo.