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Concepto 273151 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública Cuando el empleado se encuentra en sus vacaciones, se encuentra temporalmente separado del ejercicio de sus funciones; razón por la cual, se entiende que durante dicho período el mismo no debe ejecutar las funciones asignadas al respectivo cargo por cuanto, se encuentra en un periodo de descanso del ejercicio de las mismas. |