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Concepto 272961 de 2020 - Departamento Administrativo de la Función Pública Solo en los casos de supresión del empleo como consecuencia de una reforma de planta de personal, no podrán ser retirados, las madres cabeza de familia sin alternativa económica, las personas con limitación física, mental, visual o auditiva, y los servidores que cumplan con la totalidad de los requisitos, edad y tiempo de servicio, para disfrutar de su pensión de jubilación o de vejez en el término de tres (3) años contados a partir de la promulgación de la Ley 790 de 2002. |