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Concepto 267781 de 2020 - Departamento Administrativo de la Función Pública Si las vacaciones se compensan por necesidades del servicio se tendrá derecho al pago del lapso comprendido dentro de los quince (15) días hábiles, por año de servicios, a quince (15) días de salario por concepto de prima de vacaciones y al reconocimiento de los servicios prestados durante los días que correspondían al tiempo de disfrute de las vacaciones que fueron compensadas, con el salario que reciba el empleado al momento de la compensación. |