Filtros de búsqueda
Resultados
La búsqueda devuelve 1 resultados
Concepto 263651 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública Todo empleado público, debe hacer entrega tanto de los bienes, como de los asuntos que se encuentran a su cargo y bajo su responsabilidad; sin embargo, frente al término que se tiene para ello, la norma no hace mención alguna. No obstante, se considera que un empleado público al retirarse del servicio, al traslado o reubicación, debe hacer entrega, una vez es notificado del acto administrativo del retiro o movimiento, pues con la notificación, el servidor público tiene conocimiento de la voluntad de la administración y debe proceder a hacer la respectiva entrega |