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Concepto 262061 de 2020 - Departamento Administrativo de la Función Pública Para modificar la integración de la junta directiva de una EICE con el fin de incluir o excluir algunos de sus miembros, se deberá realizar mediante el mismo acto que la conformó; para el caso puntual si la EICE se conformó mediante decreto con facultades extraordinarías otorgadas por la asamblea departamental, quiere decir, que la competencia es de la asamblea. En el evento que la conformación de la junta directiva de la empresa se haya efectuado por decreto ordinario del gobernador, quiere decir que, la competencia para modificar su conformación es del gobernador. Las empresas industriales y comerciales del Estado se rigen por las disposiciones contenidas en la Ley 489 de 1998, la norma de creación y por sus estatutos. |