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Concepto 260931 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Cuando a un empleado se le compensan en dinero las vacaciones, éstas se deben liquidar y pagar computando los mismos quince (15) días hábiles contabilizados a partir de la fecha del inicio del descanso o del retiro, es decir, 15 días hábiles contenidos entre el primero y el quinceavo día hábil, lo que dará 18, 21, 23, 25 ó 27 días calendario, según el caso; de lo contrario, el empleado público estaría en notable desigualdad frente a los que disfrutaron el descanso de los 15 días hábiles de vacaciones.

Concepto 260931 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Para que se otorgue el auxilio de transporte, se deben devengar hasta dos veces el salario mínimo legal mensual vigente; la entidad no suministre el servicio de trasnporte; el empleado no se encuentre disfrutando de vacaciones, ni en uso de licencia o suspendido en el ejrcicio de sus funciones; el valor del auxilio será el establecido en el Decreto 2210 de 2016 y en las normas que lo modifiquen, adicionen o sustituyan.

Concepto 260931 de 2020 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Los embargos procederán en la forma y los límites fijados en la norma, es decir, frente a varios embargos de la misma clase estos podrán coexistir y su ejecución dependerá del embargo que se notificó primero a la entidad, sobre el salario restante se aplicarán los embargos sucesivos en orden de llegada, en caso de ser procedente.