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Concepto 258971 de 2017 - Departamento Administrativo de la Función Pública La empleada en estado de embarazo tiene derecho a una licencia de dieciocho (18) semanas en la época de parto, remunerada con el salario que devengue al momento de iniciar su licencia, el hecho de que él bebé haya nacido vivo, implica que la madre gestante deberá gozar de 18 semanas de licencia, a pesar del fallecimiento posterior del bebé. |