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Concepto 257311 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública La administración tiene la potestad de estudiar su solicitud de permiso; de considerarlo pertinente y en caso de no afectar la prestación del servicio, podrá otorgarlo. Lo anterior, quiere decir, que el permiso se encuentra supeditado a dos condiciones: por un lado que la administración encuentre justificado el concederlo y por otra parte, que con el permiso no se afecte la prestación del servicio a cargo de la entidad. |