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Concepto 250831 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública Cualquier factor de carácter salarial que tenga como destinatarios a los trabajadores oficiales, como la prima de servicios, deberá estar prevista en el contrato de trabajo, la convención colectiva o fallos arbitrales respectivos, pacto colectivo y las normas del reglamento interno de la Empresa, las cuales, por otra parte, sustituyen de derecho las estipulaciones del contrato individual, en cuanto fueren más favorables para el trabajador oficial, lo que permite a las partes discutir las condiciones laborales aplicables, sin desconocer normas especiales que consagran un mínimo de derechos laborales para los trabajadores oficiales. |