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Decreto 2488 de 2002 - Nivel Nacional Determina los postulantes al subsidio familiar de vivienda, calificación de postulantes, valor y vigencia del subsidio, planes de vivienda de interés social, postulaciones colectivas. Art. 1 a 6. Indica la obligación de ciertas entidades públicas de remitir al Ministerio de Desarrollo Económico, información necesaria para verificar información suministrada por el postulante, elegibilidad de proyectos de vivienda y el reintegro de recursos. Art. 7 a 14. Vigencia Art. 15. |