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Concepto 246871 de 2020 - Departamento Administrativo de la Función Pública No se configura inhabilidad para que un sobrino de la asesora jurídica del despacho y coordinadora del área jurídica del municipio, sea vinculada mediante contrato de prestación de servicio, por cuanto no es pariente del nominador (alcalde) y se encuentra en el tercer grado de consanguinidad con la citada funcionaria, es decir, fuera de la prohibición contenida en el literal b) de numeral 2° del artículo 8° de la Ley 80 de 1993. Por lo tanto, no hay lugar a seguir acciones disciplinarias. |