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Concepto 244941 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El reconocimiento y pago del auxilio de transporte a funcionarios que laboran medio tiempo es procedente, cuando se cumplan los sigueintes criterios: que la asignación mensual no supere dos veces el salario mínimo legal mensual vigente. De igual forma, el subsidio de alimentación se debe reconocer y pagar a los servidores públicos que tengan derecho a percibirlo, siempre y cuando su asignación básica mensual no supere un millón ochocientos cincuenta y tres mil quinientos dos pesos y no se encuentren en uso de licencia, suspendido en ejercicio de sus funciones, en vacaciones o cuando la entidad sea la que suministre este servicio.