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Concepto Sala de Consulta C.E. 2440 de 2020 - Consejo de Estado - Sala de Consulta y Servicio Civil La competencia disciplinaria asignada al Fiscal General de la Nación y a la Dirección de Control Disciplinario de la Fiscalía General de la Nación en el parágrafo 1 del artículo 93 de la Ley 1952 de 2019 y en el Decreto Ley 016 de 2014, es incompatible con el artículo 257A de la Constitución Política, que le atribuye tales facultades a la Comisión Nacional de Disciplina Judicial. En tal sentido, una vez se integre y empiece a funcionar la referida Comisión, la Fiscalía General de la Nación no podrá ejercer la función disciplinaria respecto de sus empleados judiciales y tiene el deber de aplicar la excepción de inconstitucionalidad. No obstante, mientras la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura continúe ejerciendo de manera interina la función disciplinaria, la Fiscalía General de la Nación debe continuar ejerciendo temporalmente la mencionada función, tramitando hasta su culminación las actuaciones disciplinarias de los empleados judiciales que ocurran hasta la fecha de entrada en funcionamiento del nuevo órgano disciplinario, por lo que no procede la suspensión del impulso procesal que esté adelantando esa entidad. Así las cosas, la Comisión Nacional de Disciplina Judicial solamente será competente para ejercer la función disciplinaria respecto de actos ocurridos con posterioridad a su entrada en funcionamiento. |
Decreto 2440 de 2018 - Nivel Nacional Reglamenta parcialmente el artículo 365 del Estatuto Tributario y se modifica un artículo del Decreto Único Reglamentario en Materia Tributaria, en relación con el plazo para efectuar el pago mensual provisional de carácter voluntario, de los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios de los sectores de hidrocarburos y demás productos mineros. |
Decreto 2440 de 2005 - Nivel Nacional Reglamenta parcialmente las Leyes 546 de 1999 y 788 de 2002 y establece el tratamiento tributario de los incentivos para la financiación de vivienda de interés social subsidiable. Determina que las nuevas operaciones de crédito destinadas a la financiación de vivienda de interés social subsidiable, de que trata el artículo 56 de la Ley 546 de 1999, no generarán rentas gravables por el término de 5 años, señala las operaciones de crédito destinadas a la financiación de vivienda de interés social subsidiable, término de vigencia de la exención y limitación de costos y deducciones. |
Decreto 2440 de 2001 - Nivel Nacional Por el cual se suprime una Consejería y se crea la alta Consejería Presidencial en el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y se asignan sus funciones. |