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Concepto 243351 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública El empleado público tendrá derecho a que se le otorgue una licencia no remunerada para adelantar estudios, por solicitud propia y sin remuneración, con el fin de cursar estudios de educación formal y para el trabajo, siempre que cumpla con los requisitos que establece el Decreto 1083 de 2015. |