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Concepto 241191 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública En el caso que el Concejo municipal no se encuentre sesionando, corresponde al alcalde municipal conceder la licencia de maternidad a la Personera municipal y efectuar el nombramiento en encargo por el término de dicha licencia, en el evento que la falta temporal de la Personera no sea posible suplirla con el funcionario de la Personería que le siga en jerarquía, siempre que reúna las mismas calidades del personero. |