Filtros de búsqueda
Resultados
Concepto 240591 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública De acuerdo con lo expresado por el Consejo de Estado en el concepto con radicación número 2455 de 2020, al empleado vinculado con carácter provisional, no será procedente otorgársele un beneficio económico educativo del plan anual de incentivos pecuniarios y no pecuniarios, teniendo en cuenta que dicha Corporación en sus consideraciones precisó: “Advierte la Sala que los planes a los que se refiere Artículo 30 del Decreto Ley 1567, esto es, planes pecuniarios y no pecuniarios, no están dirigidos a todos los empleados del respectivo organismo o entidad, puesto que expresamente la norma señala a los empleados de carrera y de libre nombramiento y remoción, que se encuentran en los niveles jerárquicos indicados, con lo cual quedan excluidos los niveles asesor y directivo y los nombrados en provisionalidad.” |