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Concepto Sala de Consulta C.E. 2405 de 2019 - Consejo de Estado - Sala de Consulta y Servicio Civil La edad de retiro forzoso establecida en la Ley 1821 de 2016, no es aplicable a los representantes en las juntas o consejos directivos de las entidades descentralizadas del Presidente de la República que sean particulares por el hecho de no ejercer funciones públicas de manera permanente, no deben ser retirados cuando cumplan los 70 años de edad. |