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Concepto 238081 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Si el contrato con el SENA lo suscribió dentro de los 12 meses anteriores a la fecha de elección, pero no lo ejecuta en el municipio donde aspira a ser elegido, no se encuentra inhabilitado para inscribirse y ser elegido concejal. No obstante, en caso de ser elegido, deberá renunciar a la ejecución del contrato o cederlo antes de tomar posesión como Concejal, pues la Constitución prohíbe de manera explícita a los servidores públicos tener simultáneamente la condición de contratistas. Si el contrato con el SENA no se ejecuta en el mismo municipio, puede continuar su ejecución estando inscrito como candidato para el Concejo. Sin embargo, y consistente con lo señalado en el punto anterior, no podrá continuar o ejecutar el mismo si es elegido Concejal, caso en el cual, antes de su posesión, deberá renunciar a su ejecución o cederlo.